viernes, 16 de enero de 2015

LEGALIZACIÓN COLMENAS

Hola apilectores:

La semana pasada fui como cada año por estas fechas a actualizar el libro de explotación ganadera, ya que así somos considerados los apicultores (ganaderos) tengamos 3 o 300 colmenas, el papeleo es el mismo. A lo largo de todo el año debes ir anotando las altas, las bajas, y los desplazamientos, los medicamentos y la alimentación administrada a las abejas, entre otras cosas.
Este trámite se realiza en la unidad veterinaria de la Consejería de Agricultura y Ganadería de tu provincia, en mi caso Segovia. (Delegación Comarcal Agraria: C/Santa Catalina, 15. Teléfono 921417440) Allí te revisan el libro y te lo sellan, dándote a continuación salida en el registro.

Todos estos temas legales son importantes para la administración aunque para nosotros sean aburridos y nos hagan perder tiempo. Llegan a ser tan importantes para la administración, que las multas oscilan entre los 600 y los 3000 euros para aquellos apicultores que no tengan legalizados sus colmenares, según me comentaron en la delegación agraria.

 Por ello, creo interesante comentaros los pasos a dar para legalizar vuestras colmenas o si estáis pensando en iniciaros en el fascinante mundo de la apicultura mostraros los trámites administrativos necesarios.

En primer lugar debéis tener un terreno rústico en propiedad o cedido por un familiar o amigo que cumpla las premisas de la ley de la comunidad donde este el colmenar.
La  ORDEN AYG/ 2155/2007 de 28 de Diciembre de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, que determina las siguientes:
a) Establecimientos colectivos de carácter público, límites de centros urbanos y núcleos de población: 400 m.
b) Viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias: 100 metros.
c) Carreteras nacionales: 200 metros.
d) Carreteras comarcales: 50 metros.
e) Caminos vecinales: 25 metros.
f) Pistas forestales: las colmenas se instalarán en los bordes sin que obstruyan el paso. 

Tenéis que solicitar en el ayuntamiento del municipio donde se encuentre la finca una licencia para la colocación de colmenas, aportando la autorización del propietario de la parcela. Yo solicite esta licencia un 26 de marzo y me la concedieron un 18 de julio, como para ir con prisas.


Y en segundo lugar deberéis acudir a la delegación agraria, servicios veterinarios con la licencia del ayuntamiento, un croquis de la ubicación del asentamiento, en el que aparezca provincia, municipio, polígono, parcela, y vías de acceso (una buena herramienta para esto es el visor sigpac), y con una fotocopia de nuestro dni, para solicitar nuestro número de registro ganadero. En este trámite tardaron un poco menos, sólo tres meses y eso que tiene que desplazarse un veterinario hasta la parcela para verificar las distancias
Una vez que tengáis vuestro número de explotación, es conveniente marcar con este número cada una de las colmenas.
Pues esto es todo, como habéis podido observar, solamente tardaréis en legalizar vuestro colmenar unos 7 u 8 meses. 

Ánimo y paciencia, todos hemos tenido que pasar por esto.  

2 comentarios:

  1. una pregunta, puedo empezar la actividad en el asentamiento de las colmenas en lo que pasa el tiempo de respuesta por parte de las autoridades competentes?

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    1. En principio creo que no puedes instalar las colmenas hasta que no tengas por lo menos el número de explotación ganadera, porque puede ser que te denieguen el permiso por no cumplir las distancias legales que se deben respetar a caminos, casas, etc
      Siento haber tardado tanto en responder.

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